26/7/2022 | CATEGORÍA: 2022
La ley tiene por objetivo minimizar el impacto inflacionario generado hacia la canasta básica familiar de los ciudadanos. Exonerando el Impuesto General a las Ventas (IGV) aplicado a los principales alimentos de la canasta básica familiar.
Los productos básicos conforman la venta en el país o importación de los siguientes bienes:
Los contribuyentes que comercialicen dichos bienes podrán aplicar como crédito fiscal el IGV correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos y quien se encargará del monitoreo de los precios de venta del consumidor final será el INDECOPI.
Esta exoneración del impuesto general a las ventas, está vigente desde domingo 01 de mayo del 2022 hasta el 31 de julio de 2022. Con una duración de tres meses calendario. Salvo haya una modificación que amplíe su vigencia.
El ministro de economía, Oscar Graham, reconoció que la ley N° 31452 no ha tenido los resultados esperados en beneficio de la población, indicando que hay que tomar otro tipo de medidas más focalizadas y más eficientes.