6/5/2022 | CATEGORÍA: 2022
La contribución al Seguro Social de Salud - Essalud permite a todos los trabajadores de la actividad privada atenderse frente a enfermedades o accidentes de trabajo, independientemente de su régimen de contratación, y gozar del mismo continuamente después de jubilarse. Está regulado por la Ley 27056 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 009-97-SA., y está debidamente adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Este seguro es accesible a los trabajadores de las pequeñas empresas MYPE, empresas PYME y grandes empresas. Las microempresas no están comprendidas en el alcance de este seguro, por lo que los empleadores de las microempresas deberán hacer uso del Seguro Integral de Salud (SIS). El seguro Essalud comprende también a los trabajadores organizados en torno a cooperativas.
La aportación a Essalud es el 9% de la remuneración mensual del trabajador. Si en caso el trabajador gana menos de la remuneración mínima vital (RMV), el empleador aporta el 9% de la RMV. La contribución a este seguro de salud es un impuesto a cargo de los empleadores, por lo que la demora en su abono genera una deuda tributaria.
Requisitos para acceder a Essalud
El Seguro de Essalud cubre todo tipo de atenciones después de tres meses de aportes, en el marco de una relación laboral.
En el seguro de Essalud existe el concepto de “latencia”. Por cada 5 meses de aportes tienes 2 meses de atención, hasta un máximo de 12 meses. Si el trabajador renuncia a su puesto de trabajo, el seguro sigue activo hasta 12 meses después de la fecha de desvinculación.
Aportaciones
El aporte del 9% de la remuneración mensual a Essalud está a cargo del empleador. Si eres trabajador activo, el empleador es responsable de la declaración y pago de tu aporte ante la SUNAT. Si el trabajador es pensionista la entidad que paga la pensión (ONP o AFP) es responsable de la retención de tu aporte, así como de la declaración y pago ante la SUNAT.
Cobertura y beneficios
Las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS) se crearon mediante Ley 26790 como un programa de servicios brindados por las clínicas privadas que complementan el seguro de Essalud. No reemplazan ni sustituyen a Essalud, sino que brindan servicios complementarios ambulatorios, en función a la infraestructura de cada clínica.
Aportaciones
En el caso del EPS, la aportación a Essalud se mantiene, pero solo va el 6.75% para casos complejos, y el resto va como un crédito a la EPS (2.25%). Luego se goza de descuentos especiales en las clínicas de salud.
Coberturas y beneficios