4/11/2022 | CATEGORÍA: 2022
Según el Código Tributario se establece la clasificación de tributos de la siguiente forma Impuestos, contribuciones y tasas:
IMPUESTO: Es el tributo que exige el estado, al recibir una contraprestación directa o indirecta de los contribuyentes, donde el estado observa las manifestaciones de riqueza de los contribuyentes, estos se conocen como:
- DIRECTOS:
- Impuesto de Renta (IR)
- Impuesto a la venta de arroz pilado (IVAP)
- Impuesto temporal a los activos netos (ITAN), entre otros.
- INDIRECTOS:
- Impuesto General a las Ventas (IGV)
- Impuesto Selectivo al Consumo(ISC), entre otros.
CONTRIBUCIÓN: Es el tributo tiene como función generar los beneficios derivados a actividades estatales u obras públicas, las contribuciones del país son:
- DE MEJORAS:
- Obras públicas
- Peajes
- FONAVI, entre otros.
- DE SERVICIOS:
- ESSALUD
- ONP
- SENCICO
- SENATI, entre otros.
TASA: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público realizado por el Estado individualizado para cada ciudadano según corresponda. Por ejemplo:
- Arbitrios: Son pagos por servicios a favor de los ciudadanos como: limpieza pública, seguridad (serenazgo).
- Licencias: Son pagos que acrediten actividades económicas como : Licencias de Construcción, de fraccionamiento, uso de bienes públicos.
- Derechos: Son los servicios que el Estado ofrece como: trámites administrativos, trámites de DNI, etc.