27/12/2022 | CATEGORÍA: Noticias tributarias
Según la Sunat, a través de la RS Nº 000003-2023/SUNAT, a partir del 5 de enero de 2023, deberás tomar en cuenta las siguientes obligaciones para el 2023:
Por ejemplo: Si emites una factura con fecha de emisión 06.01.2023, puedes enviarla hasta el 09.01.2023.
- Se inscriban por primera vez o den de alta a su número de RUC.
- Trasladen arroz, azúcar y/o alcohol etílico sujeto a detracción o al IVAP.
- Trasladen cemento desde o hacia zonas bajo el régimen especial de bienes fiscalizados.
- Trasladen o realicen el traslado de bienes por importaciones realizadas.