17/5/2022 | CATEGORÍA: 2022
Antecedentes
Los sistemas previsionales nacen en los Estados modernos para atender distintos tipos de invalidez temporal o permanente de la población trabajadora, siendo uno de los acaecimientos naturales de invalidez laboral la vejez o la maternidad. El primer país en implementar un sistema Nacional de Pensiones fue Alemania en 1880, bajo el régimen del canciller Otto Von Bismarck.
En el Perú, el 12 de agosto de 1936 durante el gobierno del Presidente Benavides Larrea, se promulga la Ley N° 8433 que creó el Seguro Social Obrero Obligatorio, exclusivamente para la atención de los trabajadores obreros con el fin de cubrir los riesgos de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte. No solo beneficiaba a los obreros estables, sino también a los trabajadores temporales y precarios, buscando atender distintos tipos de invalidez laboral. Este seguro coexistía con otras Cajas previsionales por sector económico, además del seguro social del empleado.
El Sistema Nacional de Pensiones (SNP) en el Perú se creó en 1973 con la finalidad de unificar bajo un solo régimen previsional a los principales regímenes de pensiones existentes para la actividad laboral pública y privada. El Sistema Nacional de Pensiones fue resultado de la fusión de la Caja Nacional de Seguro Social (de los obreros), el Seguro Social del Empleado y el Fondo Especial de Jubilación de los Empleados Particulares. Inicialmente el SNP estuvo a cargo del Seguro Social del Perú y a partir de 1980 del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS).
La reforma de pensiones en la década de los 90 modifica el sistema público pensionario, creándose las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Es la Oficina de Normalización Previsional (ONP), que nace en 1992 mediante el Artículo 7° del Decreto Ley N°25967, como un organismo adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas. De esta forma el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), quien también administraba el seguro social de salud Essalud, deja de administrar y dirigir el sistema pensionario.
El Sistema Nacional de Pensiones se rige por un sistema solidario de reparto. Los jóvenes aportantes financian a los jubilados. La aportación mensual al Sistema Nacional de Pensiones es de 13% de la remuneración ordinaria mensual. La pensión máxima es de 893 soles mensuales, y la pensión mínima es de 500.
La cobertura de este servicio público comprende la pensión de jubilación, la pensión de invalidez, la pensión de sobrevivencia, y los gastos de sepelio. También permite otorgar préstamos previsionales, de forma excepcional.
Obligación de los empleadores
- Si el trabajador elige aportar al Sistema Nacional de Pensiones, el empleador debe retener el 13% de su remuneración mensual, y abonar dicho monto a través de la planilla electrónica mensual PLAME de la Superintendencia de Aduanas y Tributos (SUNAT), quien se encargará de abonar este monto a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Este monto va a un fondo común de todos los trabajadores activos que financian a los pensionistas.
- Para acceder a la pensión del Sistema Nacional Público, el trabajador debe tener como mínimo 55 años de edad, y haber realizado aportes en un periodo no menor de 20 años. Las mujeres pueden jubilarse con 50 años de edad.
- Se puede solicitar una jubilación anticipada a los 50 años en el caso de los hombres, mostrando su condición de afiliado y las razones por las que exige una jubilación anticipada.
Antecedentes
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) fue creado el 6 de diciembre de 1992, a través del Decreto Ley 25897, con el propósito de complementar el Sistema Nacional de Pensiones, sistema que estaba en una situación de déficit presupuestario. Tras 22 años, el SPP cuenta con más de 8 millones de personas afiliadas.
Características
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un régimen administrado por entidades privadas denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), donde los aportes que realiza el trabajador se registran en una cuenta individual. El Sistema Privado de Pensiones se creó como alternativa a los regímenes de pensiones administrados por el Estado y concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Obligación de los empleadores
- Los empleadores y trabajadores negocian el porcentaje de aportes a la AFP, el cual será deducido del salario mensual del trabajador dependiente. El porcentaje mínimo mensual es de 10% de la remuneración, el cual será abonado directamente a la AFP a través de su plataforma web.
- El empleador tiene la obligación de afiliar a sus trabajadores dependientes a la AFP elegida por el trabajador.
- Los trabajadores independientes deben realizar esta gestión directamente con la oficina administrativa de las AFP, presentando su Documento Nacional de Identidad.
- Si el trabajador es mayor de 50 años, debe firmar una Declaración Jurada en la que declara haber tomado conocimiento de las características del Sistema Privado de Pensiones y el Sistema Nacional de Pensiones.
Desventajas y ventajas del Sistema Privado de Pensiones (SPP)
Ventajas | Desventajas |
Mayor flexibilidad en la edad de aportaciones (SPP) | El SPP pese al inicial sentido complementario, compite con el Sistema Nacional de Pensiones. El SPP tiene 8 millones de afiliados, mientras que el SNP tiene apenas 1 millón de afiliados. |
Retiro voluntario de las aportaciones individuales (SPP). No existe tope máximo de jubilación. | Se eliminó el efecto espejo, que existía en el régimen unificado general, las pensiones no se adaptan a las RMV ni en la ONP ni en las AFP. |
Las AFP peruanas han obtenido los mayores niveles de rentabilidad en la región, logrando aumentar su patrimonio neto en un 58% solo en el año 2001. | No hay cobertura por la posible pérdida de valor de los activos en el SPP, ni por el rendimiento negativo ni por la desfinanciación pública en la ONP- |
Pese al superávit generado en el SPP, este incremento no se ve reflejado en la pensiones ni en la reducción de comisiones u otros gastos operativos. | |
Existe un gran margen de trabajadores informales que quedan al margen del SPP y también de la ONP. | |
El gasto previsional del Estado en la ONP implica el 25% del PIB (2020). |
Fuente: Ruiz Ledesma. UNMSM