Sunat dispone nuevos obligados para inscripción en el RUC

24/7/2024 | CATEGORÍA: Noticias tributarias

La Sunat anunció recientemente una serie de cambios significativos a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000130-2024/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano. Esta nueva normativa establece quiénes deben inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) antes del 30 de septiembre de 2024.

La medida busca ampliar la base tributaria y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales. 

¿Quiénes son los sujetos obligados a inscribirse en el RUC?
  • Aquellos que posean cinco o más predios cuyo valor total supere las 126 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 648,900 soles.
  • Propietarios de acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras cuyo valor conjunto exceda las 100 UIT, es decir, 515,000 soles.
  • Personas que hayan realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que, anualmente, superen las 10 UIT, equivalente a 51,500 soles.
  • Aquellos que hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y cuya suma de saldos supere las 300 UIT, o sea, 1,545,000 soles.

Además de los sujetos antes mencionados, también deben inscribirse en el RUC aquellos que:

  • Realicen actos con entidades financieras y de seguros, como créditos corporativos cuyo monto solicitado exceda las 10 UIT (51,500 soles).
  • Contraten el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para vehículos de transporte de carga pesada de las categorías N2 y N3.
Consecuencias del incumplimiento

La Sunat tiene la facultad de inscribir de oficio en el RUC a aquellos que, estando obligados, no cumplan con registrarse dentro del plazo estipulado. Esta medida asegura que todos los sujetos que cumplan con los criterios establecidos contribuyan de manera justa al sistema tributario del país.


Prueba AmaQuella ahora mismo.

Empieza ahora GRATIS


Ayuda


Videos